DE LAS HIPOTECAS AL ALQUILER Y VICEVERSA


“BURBUJA INMOBILIARIA, DE LAS HIPOTECAS AL ALQUILER Y VICEVERSA"

Cuando hablamos de la actual  burbuja del alquiler, tendemos a creer que es mucho más grave que la que afecta a las viviendas adquiridas en propiedad mediante un crédito hipotecario.
Nada más lejos de la realidad, ya que están intrínsecamente relacionadas,  de manera que la una lleva a la otra en una repetición circular dependiendo del momento social.

Durante los últimos años, desde que estallara la burbuja inmobiliaria cuyas causas  todos conocemos, miles de familias perdieron su casa por no poder hacer frente al pago de los préstamos hipotecarios que un día firmaron, seguros de que sus circunstancias económicas no se verían mermadas de forma tan drástica y duradera.
Algunas entregaron sus viviendas a quienes consideraban sus acreedores, aunque posiblemente ya no lo fuesen,  ante la evidencia de ver que no podrían atender el pago de la siguiente cuota.  Otras,  ya con cuotas impagadas se vieron inmersas en Ejecuciones Hipotecarias que de forma aplastante les llevo al desahucio,  o en muchos casos a abandonar la vivienda antes de llegar el día, para evitar así lo que sufrían como una vergüenza, un trauma para sus familias, la culpabilidad por haber fallado.

Así, en la mayoría de los casos por  falta de conocimientos, asesoramiento o defensa  adecuados al caso, no pudieron conservar ni  permanecer en sus viviendas. O bien lo hicieron a través de la firma de  un mal llamado “alquiler social”,  que trasladaría el problema a dos, tres o cinco años después, cuando al finalizar el contrato ya  no se renovaría, o se ofertaría tal como está ocurriendo,  con una importante subida,  inasumible para economías tan castigadas.

Esta es la realidad que se está viviendo actualmente, tan grave o más que la que se pretendió evitar en su día, ya que hace que esas familias tengan que pasar de nuevo por el mismo calvario que quisieron evitar en su día. 

Esta vez regulado por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) que tras su última modificación, permite que la Demanda de reclamación por impago de cuotas o finalización del contrato de alquiler  incluya, desde la Notificación hasta la fecha de Lanzamiento, en un cortísimo periodo de tiempo. Además de no contemplar apenas posibilidades de defensa.

En consecuencia,  la demanda de viviendas en alquiler  ha ido   incrementándose vertiginosamente y unido a que gran parte de las viviendas procedentes de las adjudicaciones en  subastas de las Ejecuciones Hipotecarias  y  de las  Daciones  han sido transferidas a grandes tenedores, inversores que acaparan gran parte del mercado inmobiliario, hace que nos encontremos ante la actual situación con precios tan elevados.

Este impacto se hubiese minimizado si en lugar de Daciones se hubiesen aplicado soluciones y las Ejecuciones se hubiesen defendido con todas las herramientas disponibles,  velando en ambos casos por el deudor y  aplicando las leyes que le amparan, como la Ley 1/2013 para Protección de Deudores, cuyos requisitos cumplen la mayoría de las familias en esta situación y que les hubiese permitido  seguir en sus casas  hasta el 2020, acogiéndose a  la Moratoria que en ella se refleja ya desde el año de su creación y  ampliada en posteriores renovaciones en 2015 y 2017

Todo esto sin tener en cuenta todas las irregularidades, errores no apreciados o no considerados,  abusividad en las cláusulas contractuales y otros como:

* El Vencimiento Anticipado, que motiva el procedimiento de Ejecución Hipotecaria y siendo abusivo,  al no poderse aplicar supondría el sobreseimiento de la Ejecución.

* La falta de legitimidad  por Titulización:
Mediante la titulización, el acreedor cede/vende los préstamos hipotecarios a un Fondo de Titulización, en el cual se agrupan creando bonos que son vendidos a inversionistas. De manera que en muchos de los casos,  quien demandó no podía hacerlo al no ser dueño de esa deuda y en consecuencia tampoco podría haberse adjudicado  la vivienda en caso de subasta.

Esto por nombrar algunas de las opciones de defensa existentes en general, además de las específicas de cada caso.

Por lo que muchos de ellos,   no hubiesen derivado en desahucios y alquileres que no correspondían. Dejando así margen de recuperación a las familias para poder afrontar  su situación,  mejorar su economía,  y con ello su dignidad y confianza en sí mismos. Dándoles la oportunidad de volver a  asumir sus obligaciones.

Muchas de esas viviendas se han ido vendiendo  a precios sustancialmente inferiores a la deuda que se reclamaba. Pero no sé dio esa oportunidad a las familias!

Es por todos estos y otros aspectos que debe abordarse  en conjunto la problemática, que es sólo una
                         “LA VIVIENDA”

Exigiendo que se aplique las leyes existentes y los recursos disponibles.
Mediante una justa y correcta defensa,  por parte de abogados especializados, jueces, personal  de la Administración de Justicia y demás  intervinentes y Organismos

                         

Esta misma semana, de nuevo nos ha sobresaltado una noticia:

“UNA MUJER SE SUICIDA PRECIPITÁNDOSE DESDE UN QUINTO PISO MIENTRAS LA COMITIVA JUDICIAL LLAMABA A LA PUERTA PARA DESAHUCIARLA.

                       BASTA YA, NI UNA VÍCTIMA MÁS!


Que nadie más se vea abocado a una muerte, ni física, ni social.
Infórmate, aprende, defiéndete!  Hagamos posible el cambio que soñamos!

30 Noviembre 2018

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